lunes, 9 de noviembre de 2009

TSJ fija plazo para determinar límites en el caso del IPC.


Durante la audiencia preliminar celebrada hoy (05 Nov 2009) en la sede del Tribunal Supremo de Justicia, fueron fijados tres días de despacho siguientes a la fecha, para que este Máximo Juzgado determine los límites de la controversia planteada sobre la demanda por intereses colectivos y difusos que fue interpuesta por la Asociación de Usuarios de Servicios Eléctricos de Venezuela, Asuselectric, contra el cobro del Índice de Precios al Consumidor, IPC, que se ha venido aplicando en materia de preventa inmobiliaria. Los integrantes de la Sala Constitucional del Máximo Juzgado del país, Magistrados Luisa Estella Morales Lamuño, Francisco Carrasquero López, Pedro Rondón Haaz, Marco Tulio Dugarte, Carmen Zuleta de Merchán y Arcadio Delgado Rosales, escucharon los alegatos presentados por los representantes de las partes involucradas en el proceso, quienes en una breve exposición oral dieron a conocer parte de sus petitorios respecto a la demanda.

La primera en tomar la palabra fue la representante legal de la demandante, Asuselectric, la abogada Conny García, quien en su intervención pidió declarar la ilegalidad del cobro del IPC; declarar la nulidad de las cláusulas del contrato alusivas al cobro; ordenar la elaboración de una contrato público para la adquisición de viviendas en preventa y ordenar el reintegro del dinero cobrado por este concepto.

Posteriormente tomó la palabra el representante de la parte demandada, la Cámara Inmobiliaria de Venezuela, Tomás Arias, quien manifestó, entre otros aspectos, que “los hechos presentados por la parte demandante son hechos genéricos y por ende difícilmente puede esta representación judicial convenir en ellos de alguna forma, no hay señalamientos concretos, no hay actuaciones concretas señaladas, sino que se señala que hay practicas abusivas con relación al cobro del Índice Nacional de Precios al Consumidor, en tal sentido esta representación judicial no puede convenir en los hechos señalados respecto de las supuestas prácticas abusivas”, agregó que “las pruebas que cursan en autos, al menos hasta los momentos no son suficientes para determinar que ha habido una vulneración genérica por aplicación de cláusulas abusivas”.

Diversos puntos

Antonio Montani, representante de la Cámara Venezolana de la Construcción, una de las partes demandas en este caso, arguyó su rechazo a lo argumentado por la representación judicial de Asuelectric, ya que, a su juicio, en el libelo no se pide la ilegalidad del IPC, ni en el petitorio, ni se habla de delitos económicos, sino que la demanda es “confusa y vaga”, por lo cual sólo admitió la existencia del sistema de preventas y que los productores aplicaron correctamente el IPC hasta el 09.07.09, de igual manera sostiene que la empresa privada necesita un método de corrección monetaria que permita a la industria seguir cumpliendo con su obligación. Por su parte la abogada de la Cámara Venezolana de la Construcción y del Instituto para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios, Indepabis, se refirió a la Resolución 110 publicada en Gaceta Oficial el 10 de junio de 2009, emanada del Ministerio del Poder Popular para Obras Públicas y Vivienda, con la que se declaran nulas “las cláusulas que imponen condiciones abusivas en los contratos para la adquisición de viviendas”. En cuanto a su petitorio solicitó a la Sala Constitucional que se pronuncie sobre el caso tomando en cuenta lo que plantea dicha Resolución.

Entre tanto en su intervención, la defensa del Ministerio del Poder Popular de Obras Públicas y Vivienda, Gustavo Guevara, recordó que la Resolución N° 110, dictada por ese ente ministerial, entre otras cosas, prohibió el cobro del IPC y cualquier forma de corrección monetaria. Además explicó que cuando un promotor inmobiliario presenta un proyecto de construcción de un complejo habitacional, se estima cuáles serán sus costos enmarcado en la proyección del tiempo que debe durar su construcción, “está demás decir en esta Sala que todos los costos pueden ser proyectados y evaluados al momento de lanzar una pre venta y al momento de construir o de hacer la construcción de un complejo habitacional”. Por su parte, la Asociación Civil, Anauco, representada por su Presidente, Roberto León Parilli; la cual se adhirió fundamentándose en el cobro del IPC más allá de los tiempos estimados para la construcción de un inmueble. Dice que en este conflicto debe participar el BCV, ya que debe existir una regulación que determine cómo se deben calcular estas estructuras de costos, con mecanismos correctos, evitando las imposiciones de alguna de las partes, todo de la mano con los organismos del Estado.

Ángel Bastardo, representante de la Defensoría del Pueblo, manifestó que el Índice de Precios al Consumidor es un indicador de la inflación, “no es una tasa de interés, es ilegal desde todo punto de vista su cobro, no es una tasa de interés, no puede cobrarse el IPC”. Igualmente señaló que a pesar de la Resolución 110 dictada por el Ministerio del Poder Popular de Obras Públicas y Vivienda, “el IPC se sigue cobrando, el IPC lo siguen cobrando y bajo diferentes modalidades, hay diferentes modalidades actualmente que permiten el cobro del IPC, es decir que esa Resolución 110 si bien es cierto que prohíbe el cobro del IPC (…) los proveedores de bienes inmuebles para las viviendas siguen cobrándolo”.

Acto seguido, la abogada Roxana Orihuela, representante del Ministerio Público, argumentó que en este proceso se involucra el orden público constitucional, en el presente caso existen sectores muy claros y no varios intereses colectivos, de igual manera aduce que los intereses de los sindicales no son verdaderamente generales sino de un sector, para el MP lo que está probado en los actuales momentos autos es la posición de dominio y monopolio de las empresas constructoras, el enriquecimiento ilícito, ya que el IPC se continua cobrando; la publicidad engañosa debido a la publicación de cobro de viviendas sin IPC y luego este era cobrado en la fecha de entrega, pero no está probado que las constructoras sufrirían desventajas económicas que las llevarían a quiebra por no cobrar el IPC y el porcentaje que los sindicatos otorgaban a sus miembros por el cobro del IPC.

Para concluir la audiencia, la Presidenta del TSJ preguntó a los demás Magistrados si tenían alguna pregunta al respecto y seguidamente anunció que a partir de hoy se fijarán 3 días de despacho siguiente a la fecha, para que el Tribunal determine los límites de la controversia y para que se abra el término de promoción de pruebas de cinco días de despacho.

¡El cobro del IPC es ilegal, No lo pagues!

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viernes, 6 de noviembre de 2009

TSJ definirá cómo resarcirán daños a familias afectadas por el IPC.


A juicio del diputado Darío Vivas, presidente de la Comisión Mixta que trata el caso relativo al cobro ilegal del IPC en la adquisición de viviendas, el Tribunal Supremo de Justicia debe pronunciarse también sobre cómo serán resarcidos los daños ocasionados a las familias afectadas por este cobro ilegal.

Las declaraciones las suministró el asambleísta en la sede del TSJ, donde acudió este jueves con diputados miembros de la instancia parlamentaria, a objeto de hacerse presentes en la audiencia preliminar convocada por el máximo tribunal de la República, donde las partes presentarán sus alegatos en torno al caso. Precisó que existen grandes expectativas por de los diputados y los afectados por conocer cuál será la sentencia que emitirá el Tribunal Supremo de Justicia.

“Hoy comienza esta audiencia preliminar que es muy bueno que se esté dando, porque aquí tenemos la posibilidad, las partes, de formular los argumentos, entregar las pruebas sobre lo que se demanda y se le da la oportunidad, entonces, de que el Tribunal pueda tomar decisión sobre el petitorio que hizo la Federación Venezolana de Defensa del Consumidor y el Usuario, en el cual se señala que todo aquel cobro que se haga fuera del contrato firmado por las partes es ilegal”, dijo.

Señaló que se plantea, asimismo, que una vez que se resuelva y que se determine la ilegalidad de estos cobros se procederá a decidir sobre la reestructuración del crédito y al mismo tiempo cómo se le va a resarcir los daños causados a la familia venezolana. Expresó que hay algunas de estas personas que han sido forzadas y presionadas y se les ha incrementado el costo del contrato realizado, por lo que no han podido cancelar las otras cuotas adicionales e ilegales que les han cobrado y, por lo tanto, han desistido de la compra y han perdido entonces el dinero aportado.

Destacó que como se trata de un asunto social, se encuentran presentes organismos como la Defensoría del Pueblo, Indepabis, el Ministerio de Obras Públicas para la Vivienda y Hábitat, así como la propia Fiscalía y los diputados miembros de la Comisión Mixta que investiga el cobro indebido del IPC en la adquisición de viviendas. Añadió Vivas que en el Parlamento ya se tienen dos anteproyectos de ley sobre el tema, uno suministrado por la Comisión de Administración y Servicios y otro presentado por la Federación Venezolana de Defensa del Consumidor y el Usuario.

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miércoles, 4 de noviembre de 2009

AN legislará sobre la materia luego que el TSJ sentencie sobre cobro del IPC.


Luego que el tribunal Supremo de Justicia emita la sentencia firme y definitiva sobre el cobro del Índice de Precios al Consumidor en la adquisición de viviendas, la Asamblea Nacional procederá a legislar sobre la materia. La información la suministró el diputado Darío Vivas, Presidente de la Comisión Mixta que se encarga de Investigar las Actuaciones y Consultas Sobre la Eliminación del IPC aplicado a las Viviendas, quien anunció que este jueves 5 de noviembre se realizará en el TSJ la audiencia preliminar sobre este caso y cuya ponente será la Presidenta de este organismo Luisa Estela Morales.

Explicó el parlamentario que en esta audiencia preliminar, las partes involucradas a través de sus representantes legales presentarán brevemente su posición en torno al cobro del IPC y que entre sus objetivos está el de fijar los límites de la controversia, es decir los puntos en que dichas partes no están de acuerdo. Destacó que el encuentro realizado este martes en el Hemiciclo Protocolar del Palacio Federal Legislativo, fue una reunión preparatoria para lo que será la defensa de los intereses de las familias venezolanas afectadas por el cobro ilegal del IPC.

“Estamos esperando la convocatoria a la Audiencia Preliminar que hará el Tribunal Supremo de Justicia, una vez que admitió el pasado 2 de abril la demanda introducida por la Federación Venezolana de Consumidores y Usuarios contra este cobro ilegal”.

Aprovechó para informar a todas aquellas personas coadyuvantes de la demanda que la audiencia preliminar se efectuará este jueves 5 de noviembre, a partir de las 10 de la mañana en la sede del Tribunal Supremo de Justicia. “Esta esperada audiencia abre el camino para que ya definitivamente se resuelva la ilegalidad que tanto constructores como inmobiliarias han venido efectuando contra la familia venezolana, que de buena fe, con un sueño y una esperanza habían solicitado la adquisición de una vivienda en preventa”.

Enfatizó el asambleísta que en ese sentido mantendrán su posición sobre la ilegalidad del cobro del IPC, y que así mismo lo hará la Federación Venezolana de Consumidores y usuarios, quienes fueron los que introdujeron la demanda, “estará también presente la Defensoría del Pueblo, argumentando la defensa de las familias afectadas al igual que la Procuraduría General de la República, el Indepabis, el Ministerio del Poder Popular para la Vivienda y Hábitat”. Consideró el diputado Vivas que no sólo debe ser decretada la ilegalidad de estos cobros sino al mismo tiempo establecer cómo será la reestructuración de lo cobrado de manera ilegal así como la retroactividad de lo cobrado por IPC.


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Venezuela es el único país que ha reestructurado créditos hipotecarios.


En el único país donde se reestructuraron los créditos y se devolvieron viviendas fue en Venezuela, gracias a una sentencia justa contra los créditos indexados y al proceso político que estamos viviendo en el país.

Así lo expresó la diputada a la Asamblea Nacional Laura Valls, en el programa despertó Venezuela, que transmite Venezolana de Televisión, quien además recordó que la sentencia del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) ordenó la reestructuración de los créditos hipotecarios bancarios.

Señaló la parlamentaria que México también fue víctima de los créditos indexados y donde aún no se han reestructurado estos pagos. El pasado mes de abril el Tribunal Supremo de Justicia admitió la demanda contra el cobro del Índice de Precios al Consumidor (IPC) en los contratos de preventa de casas.

En esa oportunidad, el parlamentario Dario Vivas indicó que ante el cobro IPC en el sector inmobiliario y las reiteradas denuncias por parte de personas amenazadas de desalojo o pérdida del inmueble por negarse a pagar esta alícuota ilegal, el Estado siempre defenderá el derecho a la vivienda que poseen todos los venezolanos.

El cobro del IPC es ilegal y se asemeja a la práctica de créditos indexados, que han dejado sin vivienda a miles de familias en todo el mundo.

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martes, 3 de noviembre de 2009

Gobierno insta a empresarios desistir del cobro ilegal del IPC.


De acuerdo a lo que establece del Ministerio del Poder Popular para las Obras Públicas y Viviendas (Mopvi) publicada en Gaceta Oficial Nº 39.197, el Gobierno Nacional insta a los empresarios del sector construcción a desistir del cobro ilegal del Índice de Precios al Consumidor (IPC) en la venta de inmuebles en el país.

Así lo señaló el titular de ese despacho, Diosdado Cabello, quien además explicó que “la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en su artículo 82 establece que el Gobierno está obligado a hacer cumplir las leyes y hacer todo lo necesario para garantizarle una vivienda digna a los venezolanos”.

Asimismo, informó que hasta la fecha se han registrado más de 80 urbanismos con procedimientos abiertos y con denuncias formales por el cobro indebido del IPC y adelantó que, de no resolverse los conflictos en este sentido, el Estado se verá obligado a asumir el control de los mismos en beneficio de los venezolanos. Cabello hizo un llamado a los empresarios a acatar la resolución porque no pueden continuar estafando al pueblo venezolano.

“Ellos (empresarios) pueden decir lo que quieran, pero cuando calculan el cobro del IPC ya viene incluido la inflación y fórmulas escalatorias horribles, como la de una persona que comenzó pagando un apartamento en 200 millones de bolívares y si no termina cancelando 800 millones no se lo entregan”, indicó.

Cabello aclaró que con la eliminación del IPC no se están perdiendo empleos, al tiempo que señaló que “los empresarios lo que tienen que hacer es vender a precio justo y contratar a los mismos empleados que a veces son utilizados, ya que no les entregan ni una vivienda de las que construyen”.

¡El cobro del IPC es ilegal, No lo pagues!