viernes, 3 de septiembre de 2010

Más de 60.000 afectados por cobro ilegal de IPC.


La Federación Venezolana de Asociaciones de Consumidores y Usuarios denunció que empresas obligan a los compradores a firmar un nuevo contrato con un precio más elevado que el inicial

El presidente de la Federación Venezolana de Asociaciones de Consumidores y Usuarios, Arnoldo Benítez, afirmó que son más de 60.000 los afectados en el país por la aplicación del índice de precios al consumidor, para ajustar el valor de las viviendas adquiridas en preventa.

Aunque la resolución 110 del Ministerio de Obras Públicas y Vivienda prohibió el llamado cobro por IPC, diputados de la Asamblea han denunciado en los últimas días que hay constructoras que siguen exigiendo pagos por este concepto.

Benítez dijo que muchas empresas pretenden obligar a los compradores a cambiar el contrato original el cual fijaba un valor que luego se ajustaría en función del IPC, algo que ya no se puede hacer para firmar uno con un precio mucho más elevado que el inicial.

Aseguró que los aumentos por inflación no sólo están prohibidos por la resolución gubernamental sino que también contradicen la legislación vigente. "Los contratos que estipulaban el cobro de IPC son ilegales desde el mismo momento en que se firmaron". Por eso, no entiende lo permisivo que ha sido el Gobierno con esta práctica. "Eso de que se preocupan por las necesidades de la gente parece ser mentira. La mejor prueba es que no hay institución del Estado que haga cumplir la resolución 110", agregó.

El presidente de Fevacu expresó que el interés de los parlamentarios oficialistas por el tema es sólo una estrategia para sumar votos. "El Indepabis y la Fiscalía implementaron el año pasado un plan para recibir denuncias de los afectados sin mayores resultados. Ahora quieren revivirlo con fines electorales". Benítez hizo un llamado al TSJ para que emita una sentencia sobre la demanda que introdujeron en 2008, para exigir que los compradores de viviendas en preventa sean resarcidos por los pagos que hicieron por concepto de IPC.

¡El cobro del IPC es ilegal, No lo pagues!

jueves, 2 de septiembre de 2010

MinVivienda se sumó a la sala que canaliza medidas frente a estafas de constructoras.


El Ministerio del Poder Popular para la Vivienda y Hábitat se sumó este miércoles a la sala situacional que integran diversos organismos gubernamentales y representantes de las 167 mil familias afectadas por las estafas y otros ilícitos que han venido practicando empresas constructoras en todo el país.

La sala situacional en cuestión fue instalada el pasado lunes en la sede principal del Instituto para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios (Indepabis), ubicada en la avenida Libertador de Caracas.

El titular de Vivienda, Ricardo Molina, dijo que aún no se han definido cuáles serán las soluciones concretas, debido a la reciente instalación de la sala situacional, pero adelantó que la situación requiere cambios profundos en el sector construcción, más allá de las respuestas que las familias afectadas esperan en el corto plazo.

“Las soluciones serán muy diversas, todavía no se han acordado porque estamos empezando, pero más allá de eso, creo que debemos provocar cambios profundos. En mi opinión personal, estamos llegando a un punto de inflexión en cuanto al comportamiento de las constructoras privadas, que trabajan muchas veces con recursos del Fondo de Ahorro Habitacional, recursos que son de todos los venezolanos y son usados para beneficiar a grupos económicos particulares. Eso se tiene que acabar”, precisó.

Por su parte, el diputado de la Asamblea Nacional (AN) que coordina la sala situacional, Augusto Montiel, reiteró el llamado a todas las familias afectadas por el cobro ilegal del Índice de Precios al Consumidor (IPC) y otras irregularidades que practican las constructoras, para que se sumen a la iniciativa.

Montiel también indicó que la sala situacional funcionará, permanentemente, a nivel nacional y en espacios habilitados por todas las instituciones que participan: “Igualmente, una vez iniciado el periodo de sesiones ordinarias en la AN, a partir del próximo 15 de septiembre, habrá un espacio para todos los voceros y voceras de los comités de afectados”.

¡El cobro del IPC es ilegal, No lo pagues!

martes, 31 de agosto de 2010

Instalada Sala Situacional para hacer seguimiento a estafas por cobro del IPC.


Una Sala Situacional para investigar detalladamente los mecanismos de fraude empleados por constructoras y promotoras de urbanismo, al exigir el cobro ilegal del IPC a miles de ciudadanos que requieren una vivienda, fue instalada en la sede del Indepabis, según los dio a conocer el presidente de la subcomisión de Gestión Pública y Poder Popular, diputado Augusto Montiel.

El parlamentario, quien forma parte de la Comisión de Participación Ciudadana aseguró que es deber de las diferentes organizaciones gubernamentales y estadales del país resguardar los intereses y derechos de las 167 mil ciudadanos afectados, que están siendo atropellados y ofendidos por la cámara constructora y la cámara inmobiliaria, “las cuales han tratado de quitarle sus apartamentos después de que algunas familias han pasado 3, 4 y hasta 5 años pagándolos dignamente”.

“Exigimos la prohibición del cobro del IPC, el reintegro por esos cobro ilegales, además del pago por daños y perjuicios por el tiempo que estas constructoras hicieron permanecer a estas familias fuera de sus hogares”, señaló.

¡El cobro del IPC es ilegal, No lo pagues!

Instalada sala situacional para investigar cobro ilegal del IPC.


El diputado Augusto Montiel explicó que esta medida busca gestionar las acciones que resguardarán los intereses y derechos de las 167 mil familias atropelladas.

Este lunes se instaló una sala situacional para garantizar que se cumplan los dictámenes de las autoridades a favor de los afectados por el cobro ilegal del Índice de Precios al Consumidor (IPC).

La mesa está conformada por representantes de las familias perjudicadas por el cobro ilegal del en el pago de cuotas para la adquisición de apartamentos y voceros de diferentes urbanismos instalaron.

El diputado de la Asamblea Nacional, Augusto Montiel, informó que esta comisión fue ubicada en el edificio sede del Indepabis en Caracas “para investigar y gestionar las medidas que resguardarán los intereses y derechos de las 167 mil familias atropelladas y ofendidas por los mecanismos de las cámaras de la construcción e inmobiliarias que pretenden quitarle sus apartamentos por los que han pagado desde hace tres y cinco años”.

“Los voceros de varios urbanismos estarán colaborando con las instituciones para que se efectúan cada una de las decisiones del Poder Judicial, Ciudadano, Legislativo y Ejecutivo porque debe cumplirse respeto a la ciudadanía por parte de comerciantes”.

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martes, 3 de agosto de 2010

Improcedente solicitud de suspensión de Resolución del Mopvi que prohíbe el cobro del IPC


La Sala Político Administrativa, en ponencia del magistrado Emiro García Rosas, declaro improcedente la medida cautelar innominada “de suspensión de efectos” solicitada por las asociaciones civiles Cámara Venezolana de la Construcción (CVC), Cámara del Urbanismo y de la Construcción del estado Mérida, y la sociedad mercantil Promotora Parque La Vega C.A., contra una Resolución dictada por el Ministerio del Poder Popular Para las Obras Públicas y Vivienda.

En el presente caso el Juzgado de Sustanciación de la Sala Político Administrativa remitió a la Sala el cuaderno separado contentivo de las copias certificadas del recurso de nulidad interpuesto conjuntamente con solicitud cautelar de amparo constitucional y, subsidiariamente, “medida cautelar innominada de suspensión de efectos”, por la CVC, Promotora Parque La Vega C.A. y, la Cámara del Urbanismo y de la Construcción del estado Mérida.

El recurso fue interpuesto contra la Resolución N° 110 del Ministerio del Poder Popular para las Obras Públicas y Vivienda, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39.197 del 10 de junio de 2009, que prohibió el cobro de cuotas, alícuotas, porcentajes y/o sumas adicionales de dinero, basados en la aplicación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) o de cualquier otro mecanismo de corrección monetaria, en los contratos que tengan por objeto la adquisición de viviendas, suscritos o por suscribirse por los sujetos comprendidos en el Sistema Nacional de Vivienda y Hábitat.

Al pronunciarse sobre la medida cautelar innominada, constató la Sala del Alto Tribunal del país que se solicitó la medida cautelar innominada a los fines de que se suspendan los efectos del acto impugnado.

Indica la sentencia que en relación con los vicios de inconstitucionalidad denunciados, la Sala realizó un estudio preliminar al decidir improcedente la medida cautelar de amparo constitucional, mediante sentencia N° 00098 del 28 de enero de 2010, oportunidad en la que se determinó que la parte solicitante se limitó a sostener que la prohibición del cobro de las cuotas basados en el IPC en los contratos para la adquisición de viviendas sometidas al Sistema Nacional de Vivienda y Hábitat, vulneró sus derechos y garantías constitucionales, “sin fundamentar adecuadamente su solicitud, estableciendo casos concretos de las supuestas violaciones. Por tal razón se tiene por reproducido en esta oportunidad dicho análisis y, en consecuencia, se desestiman los alegatos de inconstitucionalidad denunciados”, siendo declarada improcedente la medida cautelar solicitada.

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jueves, 22 de julio de 2010

Constructoras siguen cobrando IPC.


El 10 de junio del año 2009 el Ministerio de Vivienda y Hábitat (Minvih) emitió en Gaceta Oficial número 39.055, la resolución 110 mediante la cual se prohibé el cobreo del Índice de Precios al Consumidor (IPC) u otro ajuste por inflación, después de la fecha originalmente pactada para la culminación de una obra en construcción, así como para la protocolización del documento de venta.

En la norma destaca que en ningún caso el comprador de la vivienda tendrá que asumir el impacto económico derivado del retraso en la culminación o entrega de la obra.

A pesar de la resolución tiene más de un año y medio de vigencia, los propietarios de las viviendas denuncian que las empresas constructoras obligan a los usuarios a pagar el IPC, o sino disfrazan el cobro bajo otros conceptos o denominaciones.

Una de las afectadas por el Grupo Eiffel, quine nos pidió reserva de su identidad, espera desde hace cuatro años que la constructura le entregue su vivienda en el conjunto residencial El Fortín-Nueva Casarapa, en Guarenas.

Una vezemitida la resolución, el Grupo Eiffel, según refiere, está obligando a las personas, que durante todos estos años han esperado por su vivienda, a pagar hasta Bs 40 mil por ajuste de inflación, bajo el argumento de la resolución 110 no es clara y que se encuentran esperando el fallo del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) sobre el tema.

En este sentido el primer vicepresidente de la Asamblea Nacional, diputado Darío Vivas, destacó aunque la plenaria del Parlamento aprobó en primera discusión la Ley de Preventa de Viviendas en Construcción y aún no Construidas, esta aún no puede llevarse a su segundo debate hasta que el máximo tribunal del país se pronuncie sobre la demanda interpuesta y determine cuál debe ser la actuación de las constructoras.

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lunes, 12 de julio de 2010

TSJ rechazó medida contra el cobro del IPC en preventa


La Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) declaró improcedente una medida cautelar solicitada por las cámaras inmobiliarias de los estados Portuguesa y Zulia contra la resolución que prohíbe el cobro de índice de precios al consumidor en los contratos de preventa.

Las organizaciones el pasado mes de marzo presentaron un recurso al máximo tribunal por la retroactividad prevista en la norma del Ministerio de Obras Públicas y Vivienda.

En el recurso, los gremios indicaron que la solicitud tiene basamento constitucional, porque ninguna disposición tiene efecto retroactivo, excepto cuando imponga menos pena, y luego manifestaron que "entre los productores de vivienda existe temor debido a la aplicación retroactiva de la resolución 110 (junio 2009)".

Agregaron que la misma "desconoce los derechos adquiridos bajo el amparo de la Resolución 98 dictada por el Ministerio de la Vivienda, que impuso la prohibición de cobro del IPC y otro ajustes por inflación, después de la fecha originalmente pactada para la terminación de la construcción y para la protocolización de la venta".

Ante la petición, la Sala indicó que las organizaciones "pretenden demostrar los posibles daños que una situación hipotética le causaría a todos los productores de vivienda, que, a su decir, se encuentran a merced de una inconstitucional aplicación retroactiva de la Resolución 110 en cuestión, sin advertir que en casos como el que se analiza, dirigidos a obtener la desaplicación de un acto normativo por vía cautelar, solo surte efectos para el caso concreto, por tratarse de una manifestación del control difuso de la constitucionalidad".

Al final , el máximo tribunal notificó que se declara improcedente la medida cautelar solicitada en el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por las cámaras inmobiliarias.

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Detalle de Nota - TSJ
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viernes, 9 de abril de 2010

Darío Vivas ratificó ilegalidad en cobro del IPC por parte de constructoras de viviendas.


El cobro del Índice de Precios al Consumidor (IPC) por parte de las constructoras a las familias venezolanas que están adquiriendo viviendas es totalmente ilegal. Así lo ratificó el presidente de la Comisión de Participación Ciudadana de la Asamblea Nacional (AN), Darío Vivas, en una visita que hizo a Barquisimeto, capital del estado Lara, ubicado a 367 kilómetros de Caracas. Advirtió que dichas empresas están intentando manipular a los compradores con el amparo introducido por éstas ante el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ).

La maniobra consiste en continuar percibiendo ese dinero, mientras no haya una decisión del máximo tribunal de la República. Recordó que la resolución número 110 del Ministerio del Poder Popular para las Obras Públicas y Viviendas, publicada en la Gaceta Oficial Número 39.197 del 12 de junio de 2009, prohíbe totalmente el cobro del IPC. Posteriormente, algunas constructoras privadas introdujeron un amparo contra el decreto del Gobierno bolivariano.

El diputado Vivas indicó que se realizó la audiencia pública, “sólo falta la sentencia del tribunal para ratificar la ilegalidad en el cobro del Índice de Precios al Consumidor a la compra de viviendas, porque no es ningún impuesto”. En ese fallo se debe determinar lo que sucederá con las familias que fueron objeto de esa desviación, para que le resarzan los daños ocasionados. Vivas advirtió que también es violatorio de la Constitución Bolivariana el hecho de que algunas constructoras no quieren entregar las viviendas a sus légitimos dueños una vez que estos maniestan su negación a pagar el IPC. Las direcciones regionales de Inquilinato del Ministerio de Obras Públicas y Viviendas están encargadas de procesar las denuncias por estas irregularidades.

El diputado dijo que estas denuncias se pueden hacer ante la Defensoría del Pueblo, el Instituto Nacional para la Defensa en el Acceso de Bienes y Servicio (Indepabis) y La Fiscalía General de la República. “Los compradores deben organizarse y movilizarse hasta los organismos correspondientes”, para exponer su situación, señaló Vivas. En la actualidad la Asamblea Nacional tiene un proyecto de Ley para regular la venta programada de viviendas en el ámbito nacional. Explicó que dicho instrumento debe aprobarse antes de las elecciones parlamentarias del 26 de septiembre del presente año.

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